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Normativa

¿Qué es el modelo 347?

By Duplex  Published On 20 enero, 2022

¿Qué es el modelo 347?

El próximo 1 de febrero se abre el plazo para presentar el modelo 347, una declaración informativa anual referente a las operaciones con terceras personas de autónomos y sociedades, como particulares o comunidades de propietarios.

El principal criterio para saber si existe obligación de cumplimentarlo es haber facturado durante el desarrollo de la actividad profesional o empresarial un importe anual superior a 3005,06 € (IVA incluido). Es importante tener en cuenta que el conjunto de operaciones declaradas debe corresponder al del ejercicio anterior.

Si en alguna ocasión te has preguntado para qué sirve el modelo 347, debes saber que permite a la AEAT cruzar los datos que presentan por un lado los clientes y, por otro, los proveedores. De esta forma, resulta más sencillo contrastar la información y detectar posibles discrepancias. En este sentido, es crucial ponerse en contacto con las empresas pertinentes lo antes posible para evitar cualquier imprevisto.

Si tienes dudas sobre qué se declara en el modelo 347, debes informar sobre todas las operaciones que, en su conjunto, se incluyan en las siguientes categorías:

  • Subvenciones y ayudas no reembolsables.
  • Operaciones de entidades aseguradoras.
  • Anticipos de clientes y de proveedores.
  • Entregas o adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas como las exentas del IVA.
  • Operaciones inmobiliarias.
mano de hombre haciendo cuentas con una calculadora

¿Quién tiene que presentar el modelo 347?

Como hemos mencionado, tienen obligación de realizar esta declaración informativa:

  • Las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, que facturan una cantidad anual superior a 3005,06 € (IVA incluido).
  • Establecimientos privados de carácter social o comunidades de propietarios que adquieren bienes y servicios por un importe superior al indicado más arriba. Aunque ciertos suministros pueden excluirse, como el agua, el combustible o el consumo de energía, no es así, por ejemplo, para el contrato de mantenimiento de un ascensor.

Por el contrario, queda exenta la presentación del modelo 347 en casos como:

  • Actividades empresariales o profesionales en España que se desarrollan sin sede económica en el país.
  • Conjuntos de operaciones con terceros con una cuantía global inferior a la establecida por la AEAT.
  • Cuando únicamente se realizan operaciones exentas de ser declaradas.
  • Si existe obligación de actualizar los libros de registro del IVA mediante el SII (Suministro Inmediato de Información).

De la misma forma, debes tener en cuenta cómo presentar el modelo 347. En la actualidad, la única vía es la telemática, ya sea mediante certificado digital, clave PIN o DNI electrónico. De todas formas, el sistema es compatible con el uso de programas de contabilidad online.

Técnicos comprobando la instalación de un ascensor en un bloque residencial

¿Cómo puede Duplex Ascensores ayudarte a presentar el modelo 347?

Si eres presidente de comunidad, administrador de fincas o particular al que facturamos nuestros servicios, es probable que tengas obligación de cumplimentar esta declaración anual. Para agilizar al máximo la presentación de este trámite, ponemos a tu disposición desde Duplex Ascensores un buzón de consulta específico: 347@duplexelevacion.es.

De esta forma, puedes solicitarnos directamente la información sobre cobros y pagos que nos consta para verificar su correlación con todos tus importes. Tanto las empresas como las comunidades de propietarios tienen la posibilidad de escribir a esta dirección de correo para comunicarse de forma directa con nuestros responsables de contabilidad, quienes resolverán todas las dudas rápidamente.

Aunque se trate de un trámite informativo, las sanciones por no presentar el modelo 347 pueden ascender a los 20 000 € en función del número de datos omitidos. Recuerda que el plazo establecido por la AEAT es del 1 al 28 de febrero de 2022 y que desde Duplex Ascensores podremos ayudarte lo antes posible si nos escribes a 347@duplexelevacion.es. ¡Vamos contigo!

personal de Duplex Ascensores resolviendo dudas sobre el modelo 347
Contacto

administración de fincascomunidades de propietariosmodelo 347

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